Subarrendar —volver a arrendar total o parcialmente la propiedad que tú arriendas— es común, pero tiene una regla de oro: depende de lo que diga tu contrato.
Muchos contratos de arriendo prohíben expresamente el subarriendo sin autorización del dueño. Si el tuyo lo permite (o guarda silencio y consigues el permiso), puedes hacerlo. Si lo prohíbe y subarriendas igual, le das al dueño una causa para terminar el contrato.
Aunque otra persona pase a vivir en la propiedad, frente al dueño el responsable sigues siendo tú: si el subarrendatario no paga o causa daños, el dueño te cobra a ti. Por eso conviene elegir bien y dejar todo firmado.
Solo si el contrato lo permite. Muchos contratos prohíben el subarriendo; si el tuyo lo prohíbe y lo haces igual, el dueño puede poner término al arriendo.
Tú, el arrendatario original, sigues siendo el responsable frente al dueño por la renta y el estado de la propiedad, aunque otra persona viva ahí.
Sí. Un contrato de subarriendo protege tanto al arrendatario original como al subarrendatario y evita malentendidos sobre pagos y plazos.