Cuando te despiden por necesidades de la empresa (art. 161), tienes derecho a esta indemnización. Calcularla tú mismo te evita que te paguen de menos.
La indemnización por años de servicio equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y por la fracción superior a seis meses, con dos límites importantes:
Imagina un sueldo de $700.000 y 4 años y 8 meses trabajados. Como los 8 meses son una fracción superior a seis meses, cuentan como un año más: se pagan 5 años.
A eso se suman el feriado proporcional y otros haberes pendientes, que forman parte del finiquito.
Considera el sueldo base y ciertos haberes permanentes (por ejemplo, gratificaciones y bonos habituales), con reglas específicas. No se incluyen algunos pagos esporádicos. Ante la duda, la Inspección del Trabajo orienta gratis.
Equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a seis meses, con un tope de 11 años para contratos iniciados después de agosto de 1981.
Sí. Para este cálculo la remuneración mensual se topa en 90 UF. Si ganas más, el cálculo se hace sobre ese tope.
En el despido por necesidades de la empresa (art. 161), si no te avisan con 30 días de anticipación, te deben pagar una indemnización sustitutiva equivalente a 30 días de remuneración.