Es una de las primeras cosas que define un contrato de trabajo, y cambia tus derechos. Aquí va la diferencia clara entre ambos y cuándo uno se convierte en el otro.
Tiene una fecha de término definida. Sirve para reemplazos, proyectos o periodos acotados. Por regla general dura hasta un año (hasta dos años para gerentes o personas con título profesional). Al vencer, el contrato termina por el artículo 159, sin indemnización por años de servicio.
No tiene fecha de término: dura mientras la relación laboral se mantenga. Es el que da mayor estabilidad y el que asocia la indemnización por años de servicio cuando el término es por necesidades de la empresa.
Si eres trabajador, el indefinido te da más estabilidad y derechos. Si eres empleador, el plazo fijo es útil para necesidades temporales, pero úsalo para lo que es: reemplazos y proyectos, no para precarizar.
Por regla general hasta un año. Para gerentes o personas con título profesional puede extenderse hasta dos años. Si se supera o se renueva demasiado, puede transformarse en indefinido.
Entre otros casos, cuando el trabajador sigue prestando servicios después del vencimiento con conocimiento del empleador, o cuando se renueva por segunda vez.
No al vencer el plazo (art. 159). La indemnización por años de servicio se asocia al despido por necesidades de la empresa en contratos indefinidos.