Si arriendas tu propiedad, la ley también te protege —pero te impone deberes. Esto es lo que puedes exigir, lo que debes cumplir y cómo blindarte antes de firmar.
Lo que puedes exigir
- El pago puntual de la renta en la fecha y forma pactadas.
- El cuidado de la propiedad: el arrendatario responde por los daños que causen él o quienes viven con él.
- Una garantía para responder por daños o deudas al final.
- Recuperar el inmueble al término del contrato, en el estado en que lo entregaste (salvo el desgaste normal).
- El reajuste pactado, si lo dejaste por escrito.
Tus obligaciones
- Entregar la propiedad en buen estado y que sirva para lo arrendado.
- Hacerte cargo de las reparaciones necesarias (no las del desgaste normal, que son del arrendatario).
- Respetar el uso pacífico: no puedes entrar sin autorización ni molestar el goce del inmueble.
- Devolver la garantía al final si no hay daños ni deudas.
Si el arrendatario no paga
Nunca por mano propia. Cortar servicios, cambiar la chapa o sacar sus cosas es ilegal y te puede costar caro. El camino es el juicio de arriendo. Si tu contrato está firmado ante notario, tienes acceso al procedimiento monitorio más rápido de la Ley 21.461. Revisa cómo funciona la Ley Devuélveme Mi Casa y qué hacer si el arrendatario no paga.
⚠️ La autotutela (hacer justicia por tu cuenta) está prohibida. Aunque te deban meses, el desalojo solo lo ordena un tribunal.
Cómo protegerte antes de firmar
- Un contrato bien redactado y firmado ante notario (habilita el juicio rápido).
- Garantía en efectivo equivalente a uno o más meses.
- Aval o codeudor solidario con sus datos en el contrato.
- Cláusula de reajuste (UF o IPC) para que la renta no pierda valor.
- Un acta de entrega con el estado y un inventario, idealmente con fotos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo sacar al arrendatario si no me paga?
No por tu cuenta. Debes iniciar un juicio de arriendo. Si el contrato está firmado ante notario, puedes usar el procedimiento monitorio de la Ley 21.461, que es más rápido.
¿Puedo pedir un aval o codeudor?
Sí. Es muy recomendable incluir un aval o codeudor solidario en el contrato: responde por las deudas si el arrendatario no paga.
¿Puedo reajustar el arriendo?
Sí, si lo pactaste en el contrato (por ejemplo, reajuste en UF o según la variación del IPC). Sin cláusula de reajuste, la renta se mantiene durante el plazo.